La Atención Residencial para una persona mayor es un servicio definido por la Ley de Dependencia. “¿Dónde se presta? ¿Tiene que ser permanente? ¿Puede ser temporal?” son preguntas que el experto en el tema Djamil Tony contesta en el siguiente artículo.
La Ley de Dependencia establece dentro del Catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia el Servicio de Atención Residencial, que comprende los servicios continuados de carácter personal y sanitario que requiere la persona en situación de dependencia. Por tanto, es un servicio social que la Ley garantiza.
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